Fecha de entrega de certificados de escolaridad y supervivencia

El titular del Instituto de Previsión Social, Marcos Amarilla, anunció que, desde el próximo 6 de noviembre, los beneficiarios que perciben salario familiar podrán hacer la presentación de los certificados de escolaridad y supervivencia necesarios para percibir dicho beneficio. 

El periodo de entrega se extenderá hasta el 15 de diciembre inclusive, de 7:30 a 17, en las oficinas fijas móviles, como puntos de recepción. Además, queda vigente la posibilidad de entregar de manera digital los certificados, las cuales deben contener necesariamente firma digital o código QR verificable.

Documentación a presentar

Certificado de escolaridad y supervivencia original actualizado (hasta 30 días antes) acompañado con una fotocopia del DNI del afiliado

–          Por Esposo/a (Certificado de Supervivencia de Esposo/a)

–          Por Hijo/a o menor a cargo (Certificado de Escolaridad – alumno regular)

–          Por Hijo/a o menor discapacitado a cargo (Certificado de escolaridad si estudia) o (Certificado de Supervivencia del menor) (Certificado de Escolaridad de Pensionados Menores de 21 años)

En todos los casos dicha documentación no deben contener enmiendas o tachaduras, que contengan distintos colores de tinta, que estén incompletas o ilegibles.

Además, quienes deseen emitir certificaciones vía web deben ser en formato PDF, con la firma digital o código QR a beneficiarios.ips@corrientes.gob.ar.

•             Modalidad Presencial:  desde el lunes 06/11/2023 al 15/12/2023 inclusive en los horarios habituales de atención tanto en Sede Central como en las Delegaciones del interior,

•             Oficinas móviles: el plazo se extenderá desde el 01/11/2023 hasta la última atención del mes de diciembre,

•             Correspondencia y Correo electrónico  se tomarán como válidas las recepcionadas desde el 01/11/2023 hasta el último día habil del mes de diciembre de este año.  Correo de recepción: salariofamiliar.ips@corrientes.gob.ar

A tener en cuenta

1- Estas mismas pautas se aplican a los casos de los afiliados pensionados menores de edad a los efectos de continuar percibiendo su beneficio de pensión.(menores de 18 a 21 años).

2- NO SE ESTA SOLICITANDO SUPERVIVENCIA DE BENEFICIARIOS EN GENERAL, A EXCEPCION DEL ITEM ANTERIOR

3- LOS CERTIFICADOS ESCOLARES SON POR ALUMNO REGULAR, NO SERAN VALIDAS LAS DE INICIO NI  DE INSCRIPCION DE CURSADO.

4-En todos los casos se tomarán como válidas las certificaciones emitidas con hasta 30 días anteriores al 06/11/2023.  Las presentaciones posteriores a este período se considerarán fuera de término, dándose prioridad a aquellos que hayan cumplido en tiempo y forma.

5-Tener presente que las certificaciones no deben estar tachadas, enmendadas ni contener sobrescritos, y demás requisitos mencionados en el anexo de la Res 6631/22.

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